EL PROGRAMA DE LA POÉTICA ESPECULATIVA (I/II)
Patricio Uribe
I. Normatividad y especulación
1.
La época de la poética especulativa persiste en su final. No ha terminado, así como no ha comenzado. Persiste en su inicio sin comienzo, produciéndose a sí misma, produciendo su futuro que produce retrocausalmente su pasado. Esa producción es su programa: no el programa de una poética en particular, ni la deducción de una programa general que contendría todos los programas particulares, sino la poética especulativa como programa de sí, que genera las propias condiciones de su inicio y su final en su mismo desarrollo. Pero es un desarrollo no lineal, no acumulativo, en cuanto es un despliegue que produce su propio inicio y su propio final.
2.
El inicio de la poética es normativo, en un doble sentido: en tanto descripción de la normalidad dentro de un corpus dado, y en tanto prescripción de la norma para todo texto que pretenda integrarse a tal corpus. Esta doble operación es lo que constituye el canon. La poética normativa asociada a este canon es progresiva: supone un inicio originario que opera como núcleo a partir del cual se acumulan los estratos del corpus que constituyen así lo que se denomina su historia, su tradición. El infinito de esta poética normativa es discreto, potencial, en tanto la acumulación del corpus es indefinidamente iterable. Es, en su núcleo mismo, una poética de lo finito.
3.
La poética especulativa opera de otro modo. No opera de modo inductivo ni deductivo, sino abductivo: no hay canon finito que describir o prescribir, sino un hipercanon que se establece como conjetura. Pero esta conjetura es operativa, en cuanto no se limita a describir un hipercanon para luego producirlo de modo prescriptivo, sino que, al mismo tiempo que produce la conjetura del hipercanon, lo genera en tal producción. Esta generación es siempre parcial puesto que, a diferencia del canon normativo, el hipercanon es infinito, establece una globalidad de la que la escritura producida a partir de eĺ no puede ser sino una localidad. Es un infinito actual, en tanto singularidad en un continuo.
4.
El hipercanon no reemplaza al canon, lo modifica, en tanto la escritura que genera reordena los estratos del corpus. Pero esto es circunstancial, y por lo demás algo que ocurre también en la poética normativa; el hecho de que sea progresiva no implica que sea estática. Pero el reordenamiento que efectúa la poética especulativa es particular: no supone una teleología que dirige el corpus hacia un estado final, sino una reorientación que hace posible el hipercanon. Y puesto que el hipercanon siempre estará fuera de todo canon, ello implica que esa reorientación solo puede darse como transgresión de los límites del canon, como salto que hace posible lo que le es absolutamente imposible.
5.
La transgresión que efectúa la poética especulativa sobre el canon de la poética normativa no es una negación del canon, sino la descomposición del orden que supone. Este orden es natural, en cuanto la acumulación de estratos del corpus supone una transmisibilidad como algo dado. Esta transmisión supone un sujeto, pero no el sujeto particular como supuesto autor de un texto en particular, sino que supone el canon en cuanto sujeto. El sujeto-canon sería la instancia que, a través de su autoidentidad, de su mismidad, aseguraría la acumulación y la transmisión de un corpus dado. Sujeto trascendental, fundador y al mismo tiempo garante de la continuidad del corpus, en tanto instancia exterior al corpus mismo.
6.
El corpus de la poética especulativa opera en un modo de estratificación distinto al de la poética normativa. El orden de esta es natural en cuanto su transmisibilidad supone una instancia exterior, trascendente, que garantizaría la estabilidad del orden. Su desnaturalización consiste en el desplazamiento desde el orden natural como base de acumulación hacia el hipercanon como singularidad que ya no opera como centro, sino como atractor que reorienta el corpus. Pero esta reorientación es productiva, en cuanto no depende de una instancia que la antecede, sino que es generado en la reorientación misma. Su orden es inmanente: no requiere un principio, es autoprincipio, autoproducción.
II. Lo absoluto
1.
El pensamiento ilustrado lleva la poética normativa a su conclusión lógica: si el canon se concibe como sujeto trascendental que hace posible la transmisión del corpus, el lugar del canon es desplazado hacia el sujeto individual, y el corpus es desplazado a la obra como objeto. De lo que se trata entonces ya no es de la transmisibilidad del corpus, sino de la legibilidad de la obra, delimitada por las condiciones de cognoscibilidad del sujeto. Lo que queda fuera de esta delimitación se remite al ámbito de lo religioso, lo primitivo, lo irracional, que pasa a ser dominio de las áreas de estudio correspondientes, pero que quedan excluidos del dominio de lo que en adelante se denominará lo literario.
2.
El orden en el que culmina la poética normativa es el de la estética. A diferencia de la poética normativa, en la estética hay una cancelación de toda poiesis, de toda producción. De lo que se trata la estética es de la composición, como ordenamiento de lo ya disponible en tanto objeto, considerando las limitaciones dadas por las condiciones de cognoscibilidad. El sujeto es, de este modo, siempre sujeto lector, y la obra se juzga en relación a sus condiciones de legibilidad. La poiesis es suprimida y reemplazada por una mitología del sujeto compositor, la cual será abandonada tiempo después en medio del ridículo que merece tal mitología.
3.
Dado que el sujeto-lector es el que determina las condiciones de legibilidad del objeto-obra, y el sujeto-compositor determina la composición del objeto-obra, generando sus propias condiciones de legibilidad, entonces esta escisión genera una dualidad lector/compositor correspondiente a una composición de operaciones inversas que se pueden volver a componer. Aquí se encuentra el movimiento especulativo. La ironía de la poética de lo absoluto no está en su distanciamiento crítico-teórico, sino en la iteración del proceso especulativo, en el que no se supera al sujeto desde una instancia separada, sino en cuanto hay una ruptura de su finitud. De este movimiento surge el sujeto especulativo.
4.
Lo absoluto de la poética no es equivalente a lo sublime de la estética, pese a algunas similitudes. Lo sublime supone una experiencia en la que se alcanzan los límites de la experiencia misma; sin embargo, en lugar de poner en cuestión los límites de la cognoscibilidad, se los reafirma, en cuanto es capaz de conceptualizar este límite de la experiencia, que queda escindido de su conceptualización. Lo absoluto, en cambio, pone la experiencia, y los límites que alcanza, en el sujeto especulativo mismo, y el límite de la experiencia es también el límite de la finitud del sujeto, en cuya transgresión surge lo absoluto como infinitud actual que supera al sujeto, a todo sujeto.
5.
La llamada “poesía universal progresiva” de la poética de lo absoluto no tiene nada que ver con el corpus progresivo de la poética normativa. Tampoco tiene que ver con el sistema en tanto operación de completitud de un corpus. El fragmento surge no como negación del sistema, sino como localidad de una globalidad que se dirige al hipercanon. Surgen desplazamientos asimétricos entre niveles de localidad y globalidad, donde los tránsitos hacia lo global pueden verse obstruidos. La forma-fragmento de la poética de lo absoluto no es simplemente un ejercicio de estilo, es la forma especulativa que alcanza la condición de fragmento que es la de toda obra en tanto localidad, en tanto necesariamente finita.
6.
El fragmento no se limita a agotarse en sí mismo. La obra, la sección de la obra, el sistema de las obras: todo es fragmento, localidad de una globalidad. Al conjunto de estas localidades se le podría dar provisoriamente el nombre de sistema. SIn embargo, al dirigirse al hipercanon como globalidad absoluta, como infinito actual, este sistema no puede sino ser incompleto. Al ser el hipercanon el atractor que reorienta continuamente el canon, opera sobre el sistema como principio que lo hace retornar continuamente sobre sí mismo. El sistema, de este modo, se hace recursivo, y es así como esta recursividad se constituye como sujeto de la poética de lo absoluto, en cuanto autopoiesis.